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Según anticipó Tecnifuego-Aespi hace unos días, el Consejo de Ministros aprobó, el pasado 19 de mayo, mediante un Real Decreto, el Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios (Ripci). El objeto del mismo es “determinar las condiciones y los requisitos exigibles al diseño, instalación, mantenimiento e inspección de los equipos, sistemas y componentes que conforman las instalaciones de protección activa contra incendios”.

“El Ripci es fundamental para la seguridad contra incendios ya que incorpora tanto las exigencias derivadas de la implantación de la legislación europea, como la regulación de los sectores que no estaban contemplados y los productos que no se encontraban amparados por normas armonizadas”, explica Tecnifuego.

Las instalaciones de protección contra incendios se rigen actualmente por un Reglamento del 5 de noviembre de 1993. “No obstante, la evolución, tanto de la técnica como del marco normativo, hace imprescindible actualizar y revisar los requisitos establecidos en el citado Reglamento. En concreto, pueden citarse de dos Reglamentos comunitarios de 2008 y 2011”, añade la asociación.

Por otro lado, el Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales, de 2004, y el Código Técnico de la Edificación, de 2006, establecen que el diseño, la ejecución, la puesta en funcionamiento y el mantenimiento de las instalaciones de protección contra incendios, así como sus materiales, componentes y equipos, deben cumplir lo establecido en su reglamentación específica. Se hace “necesario”, en consecuencia, establecer las condiciones que deben reunir los equipos y sistemas que conforman las instalaciones de protección contra incendios para lograr que su funcionamiento, en caso de incendio, sea eficaz.

“En los próximos días, desde Tenifuego-Aespi iremos informando de las novedades más importantes que afectan al sector. Además, se organizarán jornadas divulgativas dirigidas a los asociados y a diferentes colectivos de profesionales”, concluye.

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