El Comité Puertas Cortafuego de Tecnifuego considera que fijar la vida útil de una puerta viene justificado en la sensibilidad de los elementos usados, “que a lo largo del tiempo sufren en sus mecanismos el envejecimiento de sus componentes, su manipulación y su degradación debido al propio uso y a las condiciones ambientales que sufren”.
El aspecto definitivo para esta recomendación, es la legislación. “Hay que tener en cuenta, que la actual normativa –Código Técnico de la Edificación- fija unos requisitos que no exigía hace años, y por tanto en materia de elementos de seguridad, el cumplimiento normativo debe centrarse en los requisitos de mayor actualidad que son los que garantizan plenamente la seguridad de las personas en caso de incendio”.
El detalle que hace caduca la puerta de hace más de 20 años, fundamentalmente, es que la antigua norma de ensayo no exigía los requisitos actuales. Las puertas se ensayaban al fuego con la antigua norma española, no se ensayaba por ejemplo aspectos tan importantes como la durabilidad del autocierre, tampoco se exigía control de fabricación de las muestras ensayadas por parte de un organismo notificado, no había regulación sobre las posibles modificaciones de la puerta realmente suministrada con respecto a la ensayada (dimensiones, herrajes y otras características). Todos estos factores, claves de la seguridad.
La entrada en vigor del Código Técnico de la Edificación supuso la aplicación de la normativa europea, mucho más exigente, detallada y completa, que la antigua normativa española. De hecho, todos los productos en el ámbito de aplicación de la normativa europea tuvieron que ser rediseñados y mejorados para poder cumplir la nueva normativa, teniendo también que superar nuevos ensayos al fuego y de durabilidad del autocierre.
La recomendación de los profesionales de Tecnifuego es “que se cambie de puerta una vez pasado su ciclo de vida útil, al menos, a los 20 años”.