El Congreso Inmobiliario celebrado de forma virtual y organizado por Lefebvre el pasado 2 de junio, aportó interesantes conclusiones sobre el impacto de la Covid-19 en los aspectos jurídicos que rigen el sector inmobiliario.
Uno de los aspectos analizados fue el de la cláusula ´rebus sic stantibus´ en los contratos inmobiliarios y los supuestos de fuerza mayor. De acuerdo con los últimos pronunciamientos del Tribunal Supremo sobre la aplicación de la cláusula antes mencionada, los supuestos de la pandemia entrarían en la vía del artículo 1.105 del Código Civil de fuerza mayor, por la que no se puede responder sobre sucesos que no pudieran preverse o que fueran inevitables.
Sobre este este tema se pronunció Segismundo Álvarez, coordinador del Congreso Inmobiliario de Lefebvre, notario de Madrid y doctor en Derecho. Álvarez ofreció como alternativa a esta situación la posibilidad de que en caso de que no se pueda ejecutar el contrato, deberá comunicarse y, si fuera posible, ofrecer el cumplimiento, con aplazamientos u otras modificaciones de las condiciones, ya que "las normas que se han dictado son normas mínimas que hacen un análisis de la situación extraordinaria provocada por la pandemia, por lo que, se plantea un efecto temporal hacia los contratos".
En cuanto al efecto sobre hipotecas y arrendamientos, se habló sobre la posibilidad de acogerse a la prórroga extraordinaria de los contratos em casos de vulnerabilidad económica, según el Real Decreto-ley de 31 de marzo. Al respecto, la magistrada Ana María Álvarez de Yraola aclaraba que para esta situación se deben coincidir como requisitos la pérdida de ingresos de la unidad familiar y la equiparación de la renta más suministros al 35% de los ingresos netos de todos los miembros de la unidad familiar.
Respecto a los a los alquileres de locales de negocios e industrias, uno de los ámbitos más afectados durante esta crisis sanitaria, Iván Azinovic, socio de EY Real Estate, subrayó "la falta de previsión a la hora de celebrar el contrato y en el hecho de que los efectos jurídicos son inevitables, dado que se trata de contratos celebrados antes de la pandemia". Mientras que, Fernando Lacadena, presidente de la agencia inmobiliaria Asipa, afirmó que existe un nivel de consenso superior al 80-85% entre propietarios y arrendatarios. Si bien, en opinión de Natalia Hermoso de Mena, letrada de la Administración de Justicia "los problemas procesales serán innumerables y vendrán después de la moratoria".
El evento concluyó con una mesa redonda sobre los efectos en la fiscalidad de la covid-19 en la que participaron
Fulgencio García, Socio Tributación Indirecta de EY ,Manuel de Miguel Monterrubio, Inspector de Hacienda (Subdirección general de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas, Dirección General de Tributos, AEAT); Chony Martín de Vicente, CFO de Árima Socimi, y Javier Seijo Pérez, socio de EY Real Estate Fiscal.