El folleto tiene como principio “El buen hacer profesional garantiza tu seguridad”, y en él se explica que las empresas que operan en esta área deben demostrar unos mínimos requisitos para poder operar con garantía de calidad y seguridad.
A juicio de este Comité, las garantías del buen hacer profesional son: Cumplir la normativa. Disponer de medios y herramientas para cada instalación específica de protección pasiva. La certificación de obra. Y el control de obra.
En el folleto se relata, entre otras cuestiones, la formación necesaria, la acreditación disponible en la actualidad y la normativa básica de protección pasiva contra incendios:
• Código Técnico de la Edificación (R.D. 314/2006, de 17 de marzo).
• Reglamento de Seguridad contra Incendios en los Establecimientos Industriales (R.D. 2267/2004, de 3 de diciembre).
• Marcado CE y Eurocódigos (los ensayos en laboratorios autorizados garantizan el cumplimento de la normativa).
Además, se incide en que las empresas de instalación de los productos de protección pasiva contra incendios deben estar especializadas y deben demostrar esta cualificación basada en una habilitación de la competencia profesional por parte de organismos acreditados.